DRONES: UN FUTURO MUY PRESENTE

25/04/2020

Radio 4G Benidorm

Noticias

Hasta hace relativamente poco, unos cuantos años a lo sumo, referirnos a drones, o lo que es lo mismo, a aeronaves no tripuladas dirigidas a distancia desde una estación de pilotaje remoto (RPA), hubiese resultado, cuanto menos, sorprendente. Hoy, la posibilidad de manejar desde el suelo el vuelo de pequeños aparatos de uso diverso se ha convertido en algo, no solo posible, sino que también, común.

Los drones combinan las posibilidades tecnológicas de la aeronáutica de nuestros días con numerosas actividades lúdicas, deportivas o profesionales, campos estos en los que se están desarrollando e implantando de una manera vertiginosa gracias a, entre otras causas, sus reducidos precios y costes de utilización, lo que está favoreciendo el acceso a los mismos desde sectores profesionales y sociales impensables otrora.

Como dato de interés se debe significar que, en España, la normativa establece una diferenciación muy clara entre los usos profesionales de los RPA (militar, policial o de seguridad, retransmisiones deportivas, protección civil, búsqueda y rastreo de personas desaparecidas, incendios urbanos o forestales, etc.) y los meramente particulares (vuelo deportivo, fotografía, video…), endureciéndose los requisitos exigibles, como no podía ser de otra manera, en el primero de los casos.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, entre ellas, las Policías locales, están llevando a cabo una buena acogida de estas nuevas herramientas de trabajo, las cuales se han incorporado de manera decidida entre los medios materiales de los que los citados Cuerpos disponen. A tal efecto, los mismos deberán contar, como así lo disponen los diversos Reglamentos de uso que están aprobando las Corporaciones locales, del número suficiente de agentes/pilotos con el nivel de cualificación necesario que les permita operar salvando cualquier incidente.

Es dentro del campo de la seguridad, donde los drones hallan un ámbito idóneo para el desarrollo de sus innumerables posibilidades, revelándose como altamente exitosos en la localización de focos de fuego en incendios forestales, la vigilancia de áreas abiertas tales como campos de cultivo, la localización de sospechosos en lugares recónditos, la investigación de accidentes y las búsquedas de personas desaparecidas.

En lo que se refiere a los vuelos no profesionales, es decir, aquellos que puede llevar a cabo cualquier ciudadano dentro del marco legal establecido (notablemente este más dulcificado que el anterior, como se ha dicho), deberán ser tenidas en cuenta una serie de medidas y condicionantes para hacerlos posible, tales como volar a una distancia mínima de 8 km de cualquier aeropuerto o aeródromo y fuera siempre de las zonas controladas del espacio aéreo, o no hacerlo a más de 120 metros de altura y generalmente (existen algunas excepciones) durante las horas diurnas y alejados de las zonas urbanas o habitadas. Asimismo, para que un vuelo se permita, debe realizarse siempre dentro del VLOS, es decir, en el alcance visual del piloto. Las aeronaves de menos de 250 gramos de peso sí podrán volar en ciudad y sobre aglomeraciones de personas y edificios siempre y cuando no se superen los 20 metros de altura y, aunque no es obligatorio para el uso recreativo, sí es muy recomendable contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra la producción de cualquier daño. Finalmente, el pequeño avión (si se nos permite el término) deberá contar con la preceptiva placa de identificación que permita la localización de sus datos, y de su propietario o piloto.

Respecto a las licencias y permisos necesarios para hacer volar una nave de este tipo, se debe significar que todos los pilotos profesionales (por ende, aquellos pertenecientes a las Fuerzas de Seguridad) deberán contar con la correspondiente licencia de piloto, la cual se obtiene tras la superación de los exámenes correspondientes en un centro oficial. En el caso de vuelos llevados a cabo por particulares, no es necesaria la obtención de ningún permiso, lo que nos parece una medida muy favorecedora para el correcto desarrollo de este tipo de actividades.

Finalmente, se ha de señalar  que en el caso de vuelos sobre una masa de personas, (como sería el caso de realizar la filmación aérea de una cabalgata) la ley restringe mucho las posibilidades de llevarlo a cabo, si bien, se posibilita extremando las precauciones y requisitos, (limitación de masa y altura, uso de paracaídas, etc.) por lo que ante cualquier duda que pudiera surgir antes de pilotar un RPA, aconsejamos la consulta ante las autoridades competentes o el propio Cuerpo de la Policía local del municipio donde se vaya a llevar a cabo.

Fermín Bonet es intendente de Policía local.

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