Benidorm

Benidorm.- UNAS FIESTAS SUBVENCIONADAS QUE… ¡DAN BENEFICIOS!

Y esas fiestas son ¡oh milagro! las Fiestas Patronales de Benidorm, porque por algo las ha organizado una persona de confianza. Siempre estas fiestas han estado rodeadas de un silencio sepulcral respecto al tema económico. Nadie pide cuentas, nadie habla de déficit, sí de superávit (cuando lo hay) sin mas explicaciones, y mas bien parece un secreto de estado que como debiera ser, un secreto a voces.

Una subvención es una ayuda económica, generalmente oficial, que se da a una persona o entidad para realizar una actividad que se supone es de interés general. Claro está que si al final resulta que hay beneficios es por que la subvención ha sido demasiado generosa en su cuantía y habrá que devolver el sobrante puesto que es dinero público. Pues resulta que no, que no es así que el fin justifica los medios y que hay que dar a Dios lo que es de Dios y también lo que es del César, porque la confianza es la confianza y a ti te encontré en la calle.

Las Fiestas Patronales son de todos, por ello parte de sus gastos se subvencionan con dinero público y el resto es fruto del trabajo de unos cuantos mayorales que hacen toda clase de “milagros” para llevar a buen término nuestras fiestas. Fui mayoral hace unos años y todavía estoy esperando que alguien me facilite las cuentas o me de razón del dinero que aporté. Da la impresión de que esa es la costumbre, desde mi punto de vista, mala impresión y así guiado por ella me pregunto ¿como fueron desde el punto de vista económico las Fiestas Patronales del 275 Aniversario? Al parecer el resultado no fue muy positivo porque según comentarios y lo visto en el siguiente ejercicio la empresa distribuidora de Coca-Cola se negó a servir sus productos porque la Comisión de Fiestas tenía deudas sin liquidar.

Visto y oido lo anterior me pregunto ¿Alguien revisa las cuentas de la Comisión? ¿Al menos las cantidades recibidas como subvención? Porque en 2015 fueron 130.000,00 € e idéntica cantidad el año siguiente ¿esta vez por ser el 276 aniversario o para amortizar deudas?. El Sr. González me responde que el Interventor Municipal ha revisado las cuentas, pero no acompaña como era de eserar el informe sobre las mismas. No puede facilitarme mas detalles por que se lo impide la Ley de Protección de Datos. ¿Pero qué datos? yo no pido ningún dato personal, por lo que la citada Ley no viene a cuento. Lo que viene a cuento son las cuentas ¿porqué no se pueden dar?¿a quién no le interesa que las cuentas estén claras? ¿qué o a quién protege la ley de Protección de Datos? la ley que Vd. invoca ¿no será la de Protección de Patos? Pero esto no es una albufera. A los vecinos no nos protege en este caso ninguna ley de patos o patas, nos ampara la ley de Transparencia y Buen Gobierno y sobre todo el sentido común.

Y una vez mas Sr. González le sugiero que en lugar de indicarme a que puerta debo llamar para obtener la información que pido, me facilite usted a la hora de contestar los datos que demando, habida cuenta de que siempre dispone de mas de 72 horas para obtenerlos y además tiene a los técnicos municipales a su servicio y en este caso concreto a la persona de confianza adecuada con la que comparte gabinete.

Como me da la impresión -tal vez equivocada- de que desconoce u olvida con facilidad la ley 2/2015 de 2 de abril, de Transparencia Buen Gobierno y Participación Ciudadana, me tomo la libertad de recordarle lo que sobre el tema que estoy tratando dice la citada ley en su Título Preliminar, Artº 3 Otros sujetos obligados 2:

Sin perjuicio de lo indicado en el apartado anterior, cualquier persona jurídica privada que perciba, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones, de la administración autonómica o de cualquier otra entidad enumerada en el artículo 2, por importe superior a 10.000 euros, deberá dar la adecuada publicidad a la misma, indicando al menos la entidad pública concedente, el importe recibido y el programa, actividad, inversión o actuación subvencionado. La difusión de esta información se realizará preferentemente a través de las correspondientes páginas web. En caso de que no dispongan de página web donde realizar dicha publicidad, podrán cumplir con dicha obligación a través del portal que ponga a su disposición la Generalitat.”

Por lo que veo toda la publicidad que se da corresponde exclusivamente al ejercicio 2016 y todo lo que se publicita es que ha habido un sobrante de 12.000,00 €, de los cuales 6.000,00 se entregan a Cáritas (sin indicación de la Parroquia) y los otros 6.000,00 € se destinan a combatir la carcoma en la Iglesia de San Jaime (desconocemos el importe total) y del resto de movimientos económicos nadie dice nada. Espero que el nuevo cargo de confianza del gabinete de alcaldía, -presidente y responsable del pasado ejercicio económico de la Comisión de Fiestas Patronales- sepa dar luz pública de los movimientos económicos de nuestras fiestas.

Por otra parte ¿quién ha tomado la decisión sobre el destino del superávit? Seguimos en el cortijo y haciendo lo que nos da la gana. La caridad no se practica con el dinero sobrante de una subvención oficial, sino con buenas obras propias y con dinero propio. Tampoco el cielo se gana combatiendo una plaga de insectos en una Iglesia. En cambio algunos votos si se compran con dinero, porque aceptan venderse al mejor postor, sobre todo si el postor es de confianza.

Puede el cortijero de turno simultáneamente comprobar que la publicación y propaganda del destino de las subvenciones con dinero público, no es un deseo o capricho de cualquier vecino, sino una obligación de la entidad perceptora, obligación que al menos durante los dos últimos ejercicios no se ha cumplido, pero que hay que cumplir para demostrar la confianza de que se presume. Ya va siendo hora.

Como decía en un principio, hay cuentas subvencionadas que ¡oh milagro! dan beneficios. No lo entiendo.

José Antonio Corachán Marzal