JURISDICCIÓN UNIVERSAL
Grupo de Trabajo de Alfas del Pi
Grupos de Trabajo internacionales
Qué es la Jurisdicción Universal
Artículos en prensa sobre los Grupos de Trabajo
Puerto Rico
Paraguay
Alfas del Pi
Sobre la denuncia de FIBGAR y la querella de la Fiscalía contra Boko Haram
Sobre la reforma de la Jurisdicción Universal.
Principios de Jurisdicción Universal. I Congreso.
4 de junio de 2015
GRUPOS DE TRABAJO INTERNACIONALES
El Grupo de Trabajo sobre Jurisdicción Universal que se celebra en Alfas del Pi es uno de los cinco comités de expertos que han tenido, tienen o tendrán lugar en diferentes lugares del mundo. Puerto Rico, Paraguay, España (con este encuentro de Alfas del Pi), han sido los tres primeros países en los que se han celebrado. Está previsto que los siguientes Grupos de Trabajo se realicen en Holanda, Sudáfrica y Jordania.
La organización de estos foros de expertos tiene como antecedente el I Congreso de Jurisdicción Universal organizado por la Fundación Internacional Baltasar Garzón en mayo de 2014. Este espacio de reflexión reunió a 47 ponentes de 10 nacionalidades distintas, convirtiéndose en un evento pionero en España en materia de Jurisdicción Universal.
Como conclusiones del Congreso se presentó la propuesta para la discusión de los nuevos principios sobre Jurisdicción Universal. Esta propuesta de Madrid se remitió a instituciones, universidades y foros de juristas de todo el mundo iniciando así un período de discusión.
Pero FIBGAR decidió dar un paso más allá y organizar con el apoyo de instituciones, universidades y otros organismos tanto en España como en diferentes países Grupos de Trabajo constituidos por un número limitado de expertos en el área de Jurisdicción Universal. Estos grupos trabajan sobre principios emanados del Congreso con objeto de preparar una base de debate cara al II Congreso de Jurisdicción Universal cuya celebración tendrá lugar previsiblemente durante el mes de noviembre en Argentina y que reunirá de nuevo a los principales expertos en la materia.
Qué es la Jurisdicción Universal
El principio de Jurisdicción Universal tiene como objeto evitar la impunidad de los crímenes cometidos contra la humanidad. La jurisdicción penal universal supone la posibilidad de perseguir determinado tipo de delitos como terrorismo, torturas, desapariciones de personas, crímenes contra la humanidad, ejecuciones extrajudiciales, asesinatos, crímenes de índole sexual o genocidios con independencia del lugar donde se hayan cometido esos crímenes y de la nacionalidad de las víctimas o la de los perpetradores y aunque el crimen no afecte a los intereses del Estado, es decir, aunque no haya vínculo alguno.
Ese es el principio que constituye el resorte o mecanismo que concurre con otros para la búsqueda de justicia para las víctimas y para luchar contra la impunidad.
Es la cláusula de cierre cuando ya ha fracasado todo, cuando en el propio país donde ocurrieron los hechos no se ha investigado, no se quiere investigar o no se puede investigar. Siempre tiene que existir la posibilidad de que un juez independiente pueda exigir el enjuiciamiento, desarrollar la investigación y conseguir la protección de las víctimas garantizándoles además verdad y reparación.
En este campo ha habido una clara apuesta desde un sector judicial y doctrinal, así como desde la práctica totalidad de las asociaciones de Derechos Humanos, humanitarias y de victimas que han impulsado su reconocimiento y aplicación. En contra se han manifestado, obstaculizando su desarrollo, numerosos gobiernos siempre más atentos a los intereses particulares que a los de las víctimas en general.
España es un buen ejemplo de ello, de ser pionera en la aplicación del principio de jurisdicción universal (recuérdese el caso Pinochet), ha pasado a formar parte del lobby de la restricción jurídica y, lo que es peor, ideológica en contra de aquel principio que, junto con el que representa la jurisdicción penal de la Corte Penal Internacional, ha sido la conquista jurídica más importante después de Nüremberg.
Denuncia de FIBGAR contra Boko Haram y querella de la Fiscalía de la Audiencia Nacional
Uno de los ejemplos más recientes de estas actuaciones motivadas por los principios de lucha contra la impunidad allá donde se produzca, es la querella contra Boko Haram. En octubre de 2014 FIBGAR presentó una denuncia contra el líder de esta organización terrorista. Recientemente, la fiscal Dolores Delgado tras una ardua investigación ha presentado una querella en los mismos términos basándose en la presencia de una víctima española. Esta querella ha sido admitida a trámite por el magistrado Fernando Andreu.
FUNDACIÓN INTERNACIONAL BALTASAR GARZÓN
La Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR) se sustenta sobre los pilares de la solidaridad, el respeto, la promoción de los derechos humanos, la cooperación al desarrollo de los pueblos, la mediación y la lucha contra la impunidad. Sobre esas bases, FIBGAR fomenta programas para actuar desde los ámbitos de la educación, la justicia, la sociedad, la política y la cultura que defiendan y apliquen los Derechos Humanos, en defensa de las víctimas y sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación, así como para perseguir la corrupción y el crimen organizado en cualquiera de sus formas.
Las herramientas básicas que FIGBAR promueve para desarrollar las actividades que constituyen la esencia de la Fundación, serán la investigación, la formación y la cooperación con otras fundaciones, organizaciones y entidades académicas, sociales, políticas y jurídicas, junto con la acción directa en coordinación con los actores afectados. Su presidente es el juez Baltasar Garzón Real.
ARTÍCULOS EN PRENSA SOBRE LOS GRUPOS DE TRABAJO
GRUPO DE TRABAJO DE PUERTO RICO
CIPAE. COMITÉ DE IGLESIAS PARA AYUDAS DE EMERGENCIA
Puerto Rico se convierte en la primera sede de discusión de los Nuevos Principios de Jurisdicción Universal
9 de mayo de 2015.- Durante dos jornadas, entre el 6 y 7 de mayo, 14 expertos se dieron cita en San Juan (Puerto Rico) para buscar respuestas a los retos de la Jurisdicción Universal. Se trata de un proyecto capitaneado por la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR) que busca reunir a especialistas de todo el mundo en sesiones en cada continente para consolidar un nuevo instrumento para combatir la impunidad.
Todo comenzó en mayo de 2014, cuando en el I Congreso Internacional de Jurisdicción Universal se presento la propuesta de los Principios de Madrid que ahora es objeto de debate. Es todo un esfuerzo por actualizar los Principios de Princeton de 2001 que con gran éxito articularon los ejes rectores de este mecanismo de justicia: la jurisdicción universal.
En esta primera reunión se dieron cita grandes conocedores del derecho internacional de diferentes países: Estados Unidos, Costa Rica, Guatemala, Perú, Ecuador, El Salvador, México, Benín, Camerún, Guatemala y España. Cada participante hizo una presentación breve de un principio o bloque de principios dando paso al debate. Los temas suscitados fueron de gran interés: la lucha contra la impunidad derivada de los crímenes económicos o contra el medioambiente, la relación entre los tribunales nacionales y la Corte Penal Internacional o la justicia transicional y la protección de víctimas y testigos.
Hubo un gran consenso en la necesidad de empezar a plantear soluciones y formas de combatir aquellas grandes atrocidades con contenido económico o que resultan de una grave atentado contra naturaleza. Son muchos los pueblos y comunidades los que padecen hambrunas, dejan de tener acceso a los recurso básicos, contemplan cómo la especulación destruye sus estructuras económicas y son lenta o rápidamente conducidas a la desaparición. Estos crímenes presentan consecuencias muy parecidas a la de los crímenes internacionales clásicos como el genocidio o la lesa humanidad y reclaman una respuesta robusta por parte de la comunidad internacional. Éste fue uno de los esfuerzos del proyecto en que trabaja FIBGAR y más concretamente el primer Grupo de Trabajo: impulsar la jurisdicción universal como instrumento válido en la lucha contra la impunidad, también para estos casos de barbarie.
El experto ecuatoriano Carlos Poveda enriqueció el diálogo al compartir sus experiencias en el Cono Sur, especialmente con los casos de Perú y Bolivia que han realizado grandes avances en el reconocimiento de la Pachamama, o Madre Naturaleza, como sujeto de protección jurídica. Su presentación ayudó a los asistentes y al público a comprender los fundamentos que apoyan la persecución universal de los crímenes medioambientales.
Por su parte, el catedrático camerunés afincado en Estados Unidos, Ndiva Kofele-Kale, dio su sólido apoyo a la persecución universal de crímenes económicos desde un doble punto de vista: aquellos delitos que ya comprenden la jurisdicción universal a través de tratados internacionales, y la relación entre aquéllos y los crímenes de lesa humanidad por acarrear resultados análogos.
El ex Relator Especial de Naciones Unidas para la Libertad de Expresión, Frank la Rue, pudo compartir algunas de sus experiencias en Guatemala y el valor del acceso a la información como derecho humano de las víctimas a los largo de las investigaciones en procesos de jurisdicción universal. También se ocuparon de las víctimas Benjamín Cuellar y la ex Magistrada Mirna Perla que trajeron el caso salvadoreño a la mesa de debate de este grupo de trabajo.
La reputada experta Naomi Roth-Arriaza repasó y desmenuzó los obstáculos con los que la jurisdicción universal se suele topar: las inmunidades, las amnistías, los indultos y hasta el cálculo de las penas. Otros expertos asistentes fueron Gonzalo Bonifaz, diplomático peruano; Nancy López, defensora de derechos humanos en México; Roland Adjovi, miembro del Grupo de Trabajo de la ONU sobre detenciones arbitrarias; Marco Abarca, profesor costarricense en la Universidad de Puerto Rico, o Katya Salazar, Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso.
Todos sus comentarios y observaciones fueron recabados y servirán para consensuar el texto final en el II Congreso Internacional de Jurisdicción Universal en Buenos Aires que contará con representación de cada grupo regional. Se trata de un primer paso en un ambicioso proyecto que dará a las víctimas y defensores de derechos humanos un nuevo instrumento de apoyo e interpretación para luchar por sus derechos.
Manuel M. Vergara Céspedes, Director del Departamento Legal de FIBGAR
CIPAE. COMITÉ DE IGLESIAS PARA AYUDAS DE EMERGENCIA
http://www.cipae.org.py/V2/se-realiza-foro-internacional-sobre-jurisdiccion-universal-con-la-presencia-de-garzon/
GRUPO DE TRABAJO DE PARAGUAY
CIPAE. COMITÉ DE IGLESIAS PARA AYUDAS DE EMERGENCIA
Se realiza foro internacional sobre Jurisdicción Universal, con la presencia de Garzón
1 junio 2015
El jurista español Baltazar Garzón llegó ayer domingo al país por el Aeropuerto Internacional Silvio Petirossi, con el propósito de participar de una serie de debates y análisis organizados por el Comité de Iglesias para Ayudas de Emergencia (Cipae), la Dirección General de Justicia y Reparación de la Defensoría del Pueblo, la Fundación Internacional Baltasar Garzón de España y la Universidad Columbia.
Hoy a partir de las 9:00, el jurista español participa del denominado “Foro Internacional sobre Principios de Jurisdicción Universal del Cono Sur”, que se realiza en el salón de la Cámara de Diputados. De este foro participarán importantes juristas y representantes de organizaciones nacionales.Mañana martes 2 de junio se realizará la “Conferencia Internacional sobre Jurisdicción Universal”, que será ofrecida por Garzón.Este mismo día, el doctor Martín Almada entregará el archivo de documentos a la Corte Suprema de Justicia, en el Palacio de Justicia.
Durante la conferencia de prensa que se realizó el pasado 27 de mayo, en la que se anunció la serie de actividades, el monseñor Mario Melanio Medina destacó la importancia de las actividades que se desarrollarán en torno a la visita al país de presidente de la Fundación Internacional Baltasar Garzón, el propio Garzón. “Es importante para volver a mirar nuestro pasado, la dictadura, donde se violaron tantos derechos de nuestros compatriotas, a manos del dictador Stroessner y los que entonces gobernaban con él”, había dicho. El monseñor destacó que el concepto de “Jurisdicción Universal” podrá ayudar a la sociedad y a la justicia paraguayas a castigar a los violaron de los derechos humanos básicos del pueblo durante la tiranía.
Otras visitas y reuniones protocolares también se realizarán en el marco del programa, cuyas responsabilidad está a cargo de las cuatros organizaciones arriba mencionadas.
http://www.cipae.org.py/V2/se-realiza-foro-internacional-sobre-jurisdiccion-universal-con-la-presencia-de-garzon/
L´ALFAS DEL PI
ELPERIODIC.COM
El sociólogo noruego Johan Galtung organiza Jornadas por la Paz en L’Alfàs
02/06/2015 | elperiodic.com
Baltasar Garzón, magistrado juez impartirá este viernes 5 de junio, a las 19.00 horas en la Fundación Frax de L’Albir, la conferencia abierta al público: “Caminos hacia la paz: un diálogo”.
Las jornadas organizadas por el prestigioso sociólogo y mediador internacional de conflictos, Johan Galtung, se celebran del 4 al 7 de junio. El alcalde de L’Alfàs del Pi, Vicente Arques, ha agradecido al prestigioso sociólogo y mediador de conflictos su interés por propiciar el encuentro en este municipio, elegido por Galtung hace ya muchos años como residencia.
Las jornadas aunque son privadas abren sus puertas al público un único día, el viernes 5 de junio a las 19.00 horas, en una conferencia impartida por el juez Baltasar Garzón en la Sala Pedro Delso de la Fundación Frax de l’Albir. El título de por sí es bastante descriptivo: “Caminos hacia la paz: un diálogo” y el conferenciante, Doctor Honoris Causa en destacadas universidades, el Magistrado Juez Baltasar Garzón con más de 32 años de experiencia, también nos resulta familiar.
Junto a Galtung y Garzón asistirán expertos en Jurisdicción Universal y Resolución de Conflictos como Mohamad Ariff bin Md Yusof, juez retirado de la “Court of Appeal” de Malasia; Dolores Delgado, Máster en Derecho Comunitario Europeo, Fiscal coordinadora de terrorismo internacional desde 2007 y Manuel Ollé miembro de la Real Academia de Jurisprudencia y Abogado penalista en crímenes de lesa humanidad.
El alcalde de L’Alfàs del Pi, Vicente Arques, se ha referido a la talla del organizador del encuentro, Johan Gáltung, Consultor de Naciones Unidas, autor de más de 150 libros y 1.600 artículos traducidos en más de 30 idiomas. Es un lujo poder acoger un encuentro de semejante magnitud ha manifestado el alcalde de L’Alfàs del Pi, el socialista Vicente Arques. Cuando el ciudadano reclama diálogo y entendimiento a sus regidores políticos, parece idóneo escuchar a quienes promueven el conocimiento, la palabra y el respeto para acabar con los conflictos existentes y no generar otros nuevos.
http://www.elperiodic.com/alfasdelpi/noticias/378664_sociologo-noruego-johan-galtung-organiza-jornadas-lalfas.html
http://www.diarioinformacion.com/benidorm/2015/06/03/baltasar-garzon-da-charla-l/1640479.html
Baltasar Garzón da una charla en l´ Alfàs en las Jornadas por la Paz
El ciclo se celebra del 4 al 7 de junio aunque sólo la comparecencia del exjuez es pública
REDACCIÓN 03.06.2015 | 01:01
Baltasar Garzón da una charla en l´ Alfàs en las Jornadas por la Paz
El juez Baltasar Garzón –suspendido de la carrera–impartirá este viernes, a las 19 horas en la Fundación Frax de L’Albir, la conferencia abierta al público: «Caminos hacia la paz: un diálogo».
Las jornadas, organizadas por el prestigioso sociólogo y mediador internacional de conflictos, Johan Galtung, se celebran del 4 al 7 de junio. El alcalde de l’Alfàs del Pi, Vicente Arques, agradeció a Galtung su interés por propiciar el encuentro en este municipio, elegido por el mediador hace ya muchos años como residencia.
Las jornadas, aunque son privadas, abren sus puertas al público un único día, el viernes 5 a las 19 horas, en una conferencia impartida por el ahora abogado Garzón en la Sala Pedro Delso de la Fundación Frax de l’Albir.
Junto a Galtung y Garzón asistirán expertos en Jurisdicción Universal y Resolución de Conflictos como Mohamad Ariff bin Md Yusof, juez retirado de la Court of Appeal de Malasia; Dolores Delgado, Máster en Derecho Comunitario Europeo, Fiscal coordinadora de terrorismo internacional desde 2007 y Manuel Ollé, miembro de la Real Academia de Jurisprudencia y abogado penalista en crímenes de lesa humanidad.
El alcalde destacó a la talla del organizador del encuentro, Johan Galtung, consultor de Naciones Unidas, autor de más de 150 libros y 1.600 artículos traducidos en más de 30 idiomas. «Es un lujo poder acoger un encuentro de semejante magnitud», aseguró Arques. «Cuando el ciudadano reclama diálogo y entendimiento a sus regidores políticos, parece idóneo escuchar a quienes promueven el conocimiento, la palabra y el respeto para acabar con los conflictos existentes y no generar otros nuevos», añadió.
Sobre la denuncia de FIBGAR y la querella de la Fiscalía contra Boko Haram
Tras la denuncia de FIBGAR, la Fiscalía se querella contra Boko Haram por delitos de lesa humanidad
Madrid. 28 de abril de 2015. La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado una querella criminal en los juzgados de Instrucción contra el líder de Boko Haram, Abubakar Shekau, y contra todos los miembros de la organización, por delitos de terrorismo y lesa humanidad. La fiscal Dolores Delgado considera que España es competente para investigar las atrocidades de este grupo yihadista radical porque entre sus víctimas hay ciudadanos españoles. La querella tiene su antecedente en la interpuesta por Baltasar Garzón como presidente de FIBGAR el pasado 24 de octubre de 2014.
El hecho central de la querella resulta de la investigación de la Fiscalía acerca del ataque que se produjo el día 22 de marzo de 2013 en la ciudad de Ganye en Nigeria, concretamente en el estado nigeriano de Adamada, “donde Sor María Jesús Mayor García, religiosa de la Orden del Niño Jesús de Madrid, desarrollaba su labor, la cual fue víctima de una situación de acoso y coacción, pese a lo cual pudo escapar y esconderse, teniendo que ser rescatada cuando se encontraba escondida del ataque de miembros de la organización terrorista, debiendo ser evacuada ante el manifiesto riesgo para su integridad y libertad siendo víctima de la actuación terrorista de la mencionada organización”.
La querella entiende que “los hechos relatados, sin perjuicio de ulteriores calificaciones jurídicas serían constitutivos de los delitos de pertenencia a organización terrorista del art. 571 y terrorismo del art. 572.1.3, ambos del Código Penal y de forma conexa, en virtud del art. 65.1 párrafo último de la LOPJ, delito de lesa humanidad del art. 607 bis del C.P.”
La investigación de la Fiscalía parte de la denuncia de Baltasar Garzón, como presidente de la Fundación Internacional en Defensa de los Derechos Humanos y la Jurisdicción Universal (FIBGAR), por la que ya abrió diligencias de investigación sobre Boko Haram, por terrorismo y crímenes de lesa humanidad. La denuncia, presentada por la Fundación el 24 de octubre de 2014, se ha ampliado hasta en tres ocasiones a la vista del desarrollo de los acontecimientos y de la escalada de terror del grupo. Concretamente, por los terribles testimonios de las niñas que consiguieron huir acerca de la violencia que sufrieron a manos de Boko Haram, contenidos en el informe publicado por la organización no gubernamental Human Rights Watch, así como los contactos mantenidos entre Reino Unido y España tras las amenazas yihadistas contra los buques petroleros que atraviesan la zona oriental del Mediterráneo.
Primera querella contra Boko Haram
FIBGAR quiere manifestar su satisfacción por la apertura de esta querella, que convierte a España en el primer país que ha decidido abrir una investigación contra Boko Haram, a pesar de que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en 2015 la ha declarado “organización terrorista asociada a Al-Qaeda”.
En la denuncia de FIBGAR, se realizaba una descripción de la organización terrorista recordando cómo “Abubakar Shekau expresó la solidaridad de Boko Haram con los afiliados de Al Qaeda en Afganistán, Irak, África del Norte, Somalia y Yemen; y alentó a otros grupos yihadistas para que sigan participando en los ataques terroristas. En este sentido, Estado Islámico secuestró en septiembre de 2013 en Siria a los periodistas españoles, Marc Marginedas, Javier Espinosa y Ricardo García Vilanova”.
La Fiscalía, por su parte, describe sucintamente 25 acciones atribuidas a Boko Haram desde septiembre de 2010 hasta el 17 de Octubre de 2014, en las que fallecieron centenares de personas y resultaron heridas, torturadas o secuestradas otras tantas. Asimismo, relata el asalto al poblado cristiano de Izghe, en el que abrieron fuego contra los residentes matando a 106 personas o el rapto masivo de más de 200 menores.
La querella relata la responsabilidad del líder de Boko Haram en el secuestro, violación y agresión de las menores que “amenaza con vender como si fueran esclavas”. Menciona también el reciente informe de Naciones Unidas en el que relata que “las 200 niñas secuestradas habrían sido asesinadas”.
Baltasar Garzón: «El Gobierno debe impulsar la iniciativa de la Fiscalía y la Justicia contra Boko Haram”
El presidente de FIBGAR, satisfecho por la admisión a trámite de la querella en la Audiencia Nacional
29 de mayo de 2015. “El Gobierno de España debería ser consciente de la necesidad de combatir la impunidad impulsando sin fisuras esta iniciativa de la Fiscalía y la justicia españolas, para no dejar en desamparo a las víctimas de crímenes execrables como los aquí denunciados”, ha manifestado el juez Baltasar Garzón en relación a la querella presentada por la Fiscalía de la Audiencia Nacional gracias a la investigación de la fiscal Dolores Delgado y que ha sido admitida a trámite por el juez Fernando Andreu.
Baltasar Garzón, explica mediante un comunicado, que FIBGAR, la Fundación que preside, “colaborará en todo lo posible para impulsar la querella contra Boko Haram”. Del mismo modo, ha mostrado su satisfacción por la admisión a trámite de esta acción judicial contra Abubakar Shekau como líder de la organización terrorista.
La primera denuncia, en octubre
Desde que se produjo el secuestro de las niñas nigerianas por parte de los terroristas de Boko Haram, según explica en un comunicado la Fundación, “el equipo jurídico de FIBGAR se puso en marcha para elaborar una denuncia que se presentó ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional el 24 de octubre de 2014 y que fue admitida por la misma. Supuso la primera acción judicial internacional realizada contra Abubakar Shekau y el grupo criminal que encabeza”.
La Fiscalía se querella
“Después de esta denuncia, a finales de abril de 2015, la Fiscalía de la Audiencia Nacional presentó una querella en la que la fiscal Dolores Delgado resaltaba que España es competente para investigar las atrocidades de este grupo yihadista radical porque entre sus víctimas se encuentran ciudadanos españoles como es el caso de la religiosa Sor María Jesús Mayor García”, continúan.
Exhaustivo trabajo de la fiscal Delgado
Para llegar a estas conclusiones, “la fiscal llevó a cabo un exhaustivo trabajo de investigación para alcanzar este resultado”. Un resultado que el juez ha considerado fundamental para realizar el trámite de admisión, en aplicación de lo que la reforma del artículo 23 de la LOPJ, (comúnmente conocida como reforma de la Ley de Jurisdicción Universal) , considera como factible para actuar en esta materia.
Proteger al débil, perseguir el delito
Destaca la Fundación, dedicada a promover los Derechos Humanos, que esta acción se ha podido acometer “gracias al empeño de los profesionales de la Justicia en cumplir con su cometido de protección del más débil y persecución del delito allá donde se cometa, a pesar de las dificultades jurídicas con que se encuentran en el desempeño de su labor”.
Deterioro grave de la justicia universal
En la nota, se resalta que la reforma de la Jurisdicción Universal “ha supuesto un deterioro grave para la actuación de la Justicia en atender a las víctimas de crímenes de lesa humanidad en países en los que no se cumplen las garantías requeridas para perseguir estos delitos”.
Se incrementa la impunidad
En palabras de Baltasar Garzón: “La modificación de esta Ley conlleva el incremento de la impunidad y aboca a millares de ciudadanos a situaciones gravísimas en que ven sus derechos conculcados sin auxilio judicial alguno”.
Sobre la reforma de la Jurisdicción Universal
Artículo de Baltasar Garzón y Dolores Delgado publicado simultáneamente el 13 de marzo de 2015 en los digitales Infolibre, El Plural.com, El Diario. es y Público.es
¿A cambio de qué renunciamos a la Jurisdicción Universal?
Un año después del mazazo del Gobierno del PP a las víctimas, los espacios de impunidad en España se han ampliado, sin saber bien a cambio de qué
ANÁLISIS DE BALTASAR GARZÓN Y DOLORES DELGADO | 13/03/2015
13 de marzo de 2015.- “La soberanía nacional reside en el pueblo español”, lo dice nuestra Constitución, también señala que de éste, del pueblo, emanan todos los poderes del Estado. Resulta que la jurisdicción, entendida como facultad o potestad de juzgar, es una de las expresiones de la soberanía nacional. Por eso cuando esta se limita lo tiene que ser por razones de imperiosa necesidad y además precisa de un amplio consenso entre los representantes del pueblo, y requiere de una transparente explicación.
En 1985 se aprobó una ley por la que se ampliaba el ámbito de la jurisdicción española a base del principio de persecución universal para determinados delitos de extraordinaria gravedad (crímenes de genocidio, guerra, contra la humanidad y delitos referidos al núcleo duro de la delincuencia organizada transnacional como el terrorismo y el narcotráfico) porque, tal como dice la jurisprudencia española, era necesario su reconocimiento “para la protección de bienes esenciales para la humanidad, reconocidos por todas las naciones civilizadas, con independencia de la nacionalidad de los partícipes y del lugar de comisión, en cuanto, en esencia, atiende al conocimiento de los delitos propiamente internacionales”.
Fue, precisamente, esa ley, la que permitió que se iniciaran en nuestro país los procedimientos penales para investigar crímenes de genocidio, torturas, lesa humanidad y de guerra en defensa de miles de víctimas y contra quienes desde el poder habían violentado la confianza de sus ciudadanos y habían quebrantando el mandato constitucional de protegerlos en sus países de origen. Crímenes masivos perpetrados por los represores argentinos y chilenos durante la dictadura de las Juntas Militares y Pinochet, respectivamente; crímenes impunes por las leyes de perdón y obediencia debida que habían dejado miles de hombres y mujeres desaparecidos, muertos, torturados sin medida, niños robados y decenas de miles de exiliados con la aquiescencia de países como Estados Unidos de Norteamérica, bajo el mantos de la doctrina de la llamada “Seguridad Nacional” propagada por la Escuela de las Américas.
Fueron las decisiones de jueces comprometidos y valientes los que en 1998 decidieron que la jurisdicción española, no podía permanecer silente ante tanto atropello e indiferencia; fueron momentos en los que el Tribunal Constitucional dio la talla al acoger el principio de jurisdicción universal puro, como mecanismo imprescindible para luchar contra la impunidad y ofrecer una protección integral a las víctimas.
Los llamados “Juicios de Madrid”, impactaron al mundo del derecho y de los derechos humanos. Por fin, la Justicia, escribía su historia con letras mayúsculas, por encima de intereses políticos, diplomáticos y económicos. El Poder Judicial, se elevo al nivel constitucional que tiene encomendado, enfrentándose al poder arbitrario y criminal de quienes masacraron a miles de víctimas. Estas, encontraron e la justicia la reparación tantas veces negada por las instituciones. Parecía que la civilización se imponía frente a la barbarie. Esta situación se extendió y prendió en muchos países y sobre todo, transmitió un contundente mensaje frente a quienes no ponían más límite que el de su voluntad en el ejercicio de la violencia y el poder.
También y al amparo de esa jurisdicción universal España persiguió a miles de narcotraficantes y terroristas, contribuyendo a una efectiva cooperación judicial para evitar los espacios de impunidad que con tanta facilidad se dibujaban y aun se confeccionen para proteger a quienes perpetraban, financiaban o se aprovechaban de este tipo de crímenes masivos.
Pero el camino iniciado en la segunda mitad de los noventa, se anduvo con dificultad, pero superando los obstáculos y las trampas de quienes no querían ni deseaban su consolidación. Para ellos, este principio y la interpretación progresiva que se le daba, era un auténtico “riesgo”, como lo eran quienes lo aplicaban. El “riesgo” de inestabilidad política era proclamado con argumentos tan pueriles como falsos. Bajo la excusa de la territorialidad y la soberanía nacional, se escondían puros intereses económicos y políticos. Nuevamente, se trataba de proteger a los más poderosos abandonando a las víctimas a su suerte. Afortunadamente, el esfuerzo realizado había prendido en varios países, de ahí que el primer golpe de mano dado arteramente a la Jurisdicción Universal en España, no produjera los resultados que esperaban quienes lo propiciaran.
En el año 2009 y fruto del acuerdo de los dos principales partidos políticos, PSOE y PP, por razones no explicadas pero por todos conocidas y relacionadas con algunos casos especialmente llamativos de crímenes presuntamente cometidos por militares israelíes en Gaza y las torturas imputables a altas autoridades estadounidenses el centro de detención de Guantánamo, se cercenó el ejercicio de esa jurisdicción al exigir una conexión nacional o vínculo de España con el hecho perseguido. No obstante, al existir una posibilidad de interpretación proactiva y en beneficio de la investigación, muchas víctimas siguieron mirando a España con esperanza y muchos de los mandatarios sospechosos de actos criminales lo hacían con temor.
El abandono del liderazgo español en la aplicación de la Jurisdicción Universal, se consumó abruptamente, después de que las autoridades chinas pusieran en cuestión a los jueces españoles por emitir órdenes de detención internacionales contra altas autoridades chinas, supuestamente relacionadas con el genocidio tibetano, investigado por la Audiencia nacional. El 13 de marzo de 2014 a propuesta del Partido Popular y siguiendo un procedimiento “expres” de tramitación, que evitaba informes que en otro caso se hubieran precisado, el partido en el gobierno, impuso su mayoría absoluta, como lo hiciera en 2003 para entrar en la ilegal guerra de Irak y consumó legalmente el “crimen” contra toda la ciudadanía española y contra todas las víctimas de los peores crímenes diseñados por la mente humana, que, a partir del día siguiente gozarán con altas probabilidades de impunidad. La doctrina que la justicia española impartió y extendió durante 15 años en todo el mundo y que ha sido seguida por otros sistemas legales y judiciales, quedó pulverizada, consumando con ello la inverosímil decisión del tribunal Supremo que dos años antes, había sepultado definitivamente toda posibilidad judicial de investigación, sanción y reparación de los crímenes franquistas.
La orden de archivo de todos los procedimientos de justicia universal, recogida en su disposición adicional, invadía claramente competencias exclusivas de los jueces. No obstante, algunos de ellos, se rebelaron y apelaron a la interpretación propositiva de los convenios internacionales vinculantes para España y a la doctrina constitucional vigente desde 2005 y mantuvieron abiertos los procedimientos, consiguiendo que la debacle no fuera absoluta. No obstante, de nuevo el Tribunal Supremo, poco proclive, desde siempre, al ejercicio real de la jurisdicción universal, la restringió en lo referido a los crímenes de genocidio, lesa humanidad y de guerra y amparando al legislador, dio una interpretación favorable a la jurisdicción española en los casos de narcotráfico, después de que varios jueces de la Audiencia Nacional pusieran en libertad a múltiples imputados que claramente resultaban impunes con la nueva ley. De nuevo la discriminación en detrimento de los más débiles y en beneficio de unas instituciones (legislativas y ejecutiva) que no estuvieron a la altura para proteger a las víctimas, se unió a la torpeza de quienes por razones poco éticas, emplearon un mecanismos que generó más dificultades que beneficios. Inercia a la que no escaparía el terrorismo y el combate de las organizaciones internacionales que lo practican.
La nueva ley, se desentiende de miles de víctimas que buscaban justicia y ha cedido espacios a la impunidad.
El Tribunal Supremo, ha puesto “de manifiesto lo confuso de tal regulación, lo que ha originado que las líneas interpretativas en esta materia, tan sensible en el ámbito internacional, no se hayan producido con la deseable claridad” (STS 23-7-2014).
Y, en este contexto, qué ha pasado con los casos abiertos por crímenes contra la humanidad en la Audiencia Nacional? Cuál es el balance tras un año de desesperanza?
En el caso del genocidio de Ruanda que se había iniciado para investigar el asesinato de nueve ciudadanos españoles que se encontraban desplegando su actividad como misioneros y cooperantes, el objeto de la investigación hacía también referencia al “exterminio de forma sistemática y jerarquizada de cerca de 4.000.000 seres humanos, tanto personas refugiadas “hutus” ruandeses como población civil congolesa en su mayoría “hutus”.En aplicación de la nueva normativa y tras avatares jurídicos se acordó el archivo definitivo respecto de todos los procesados por los delitos de genocidio, lesa humanidad y contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.
En el caso de El Salvador el procedimiento que se había iniciado para investigar el asesinato de los sacerdotes jesuitas de origen español y salvadoreños a manos de miembros del ejercito salvadoreño con la motivación política de que se trataba de defensores de los derechos humanos, el procedimiento se encuentra paralizado para saber si se cumple o no con esa nueva norma.
En el caso de Guatemala, hubo más de 250.000 víctimas y muchas de ellas, antes de morir, fueron objeto de graves torturas. De ellas, más de 45.000 siguen desaparecidas. Cerca de un millón y medio de desplazados internos y unos 150.000 que buscaron refugio en México, también fueron torturados. Unas 430 aldeas fueron borradas del mapa y se han contabilizado unas 667 masacres. El 93% fue perpetrado por agentes del Estado guatemalteco. El 83% de las víctimas eran mayas, el 17% ladinos. En su conjunto, pese al tiempo transcurrido, tales hechos no han sido investigados por las autoridades guatemaltecas, hallándose paralizado el juicio contra el general Ríos Mont, que ejerce una evidente coacción a la justicia. El procedimiento en España se encuentra parado a la espera de conocer aspectos procesales que quizá nunca lleguen.
En el caso de Carmelo Soria los hechos que se investigaban se referían al asesinato en 1976 de Carmelo Soria de nacionalidad española, que trabajaba como personal diplomático para las Naciones Unidas en el CEPAL (Comisión Económica para América Latina), a manos de miembros de la D.I.N.A. de Chile, algunos de ellos integrantes de la “Brigada Mulchen”. Los hechos fueron considerados como un delito de genocidio, un delito de asesinato y un delito de detención ilegal. Actualmente, el procedimiento se halla archivado y pendiente de que surja alguna cuestión procesal que pueda otorgar la competencia, para poder concluir la investigación que estaba en su fase final.
En el caso del Sahara la querella se presentó denunciando la represión ejercitada desde el año 1975 hasta el año 1990 por el Ejército y Policía Marroquíes contra el pueblo Saharaui en el territorio del Sahara Occidental. Desde la ocupación por Marruecos del Sahara Occidental, hasta 1991 (fecha del alto el fuego entre Marruecos y el Frente Polisario) se produjeron, de una manera generalizada por parte de las fuerzas militares y policiales marroquíes bombardeos contra campamentos de población civil, desplazamientos forzados de población civil, asesinatos, detenciones y desapariciones de personas de origen saharaui y en base precisamente a dicho origen. Además de las detenciones, se produjeron encarcelamientos prolongados sin juicio y torturas a personas saharauis por parte de funcionarios militares y policiales marroquíes en diversos centros de detención ubicados tanto en territorio del Sahara Occidental como en Marruecos. En este caso a partir de la consideración del Sahara como territorio español de iure, aunque no de facto, y que sigue siendo la Potencia Administradora, y como tal, hasta que finalice el periodo de la descolonización, tiene las obligaciones recogidas en los artículos 73 y 74 de la Carta de Naciones Unidas, se puede continuar la investigación.
En relación al caso de Guantánamo se ha preguntado a las autoridades estadounidenses si en aquel país se sigue algún procedimiento. El caso está paralizado, a pesar de que una de las víctimas de torturas sistemáticas, es española
En el caso Couso, se sigue el procedimiento contra tres militares norteamericanos supuestamente responsables de la muerte del cámara JOSE COUSO: Teniente Coronel PHILIP DE CAMP, Capitán PHILIP WOLFORD y Sargento THOMAS GIBSON al ordenar y disparar el cañón de 120 mm del vehículo tanque Abrams M1 contra la planta 15 del Hotel Palestina de Bagdad, ocupado por la prensa internacional que cubría la invasión de Irak por las fuerzas internacionales. A consecuencia del impacto el periodista español José Couso Permuy fue alcanzado por la metralla falleciendo varias horas después en el hospital Ibn Nafis. También falleció el reportero de la agencia Reuters Taras Protsyuk y resultaron heridos otros tres periodistas Samia Najl, Paul Pasquale y Faleh Kheiber. De momento se ha permitido la continuación del procedimiento hasta que la Audiencia Nacional decida si España es competente para investigar los hechos.
En el caso de Tibet los hechos se referían a los crímenes cometidos como consecuencia de la dominación de la República Popular de China en el Tibet, y su ocupación militar, entre el período comprendido entre 1950 y 1.979. Como consecuencia de la ocupación y de la imposición de la ideología comunista (transformación comunista de una sociedad eminentemente entregada a la fe budista), se produjeron hechos constatados por la Comisión Internacional de Juristas tales como la pretensión de destruir el grupo budista existente en el Tibet a fin de eliminar la práctica de su religión, empleando métodos como dar muerte a sus dirigentes más representativos, en especial los lamas. La campaña comunista en el Tibet tuvo efectos devastadores según el Comité Preparatorio de la Región Autónoma de Tibet, que refleja la amenaza a la existencia del pueblo tibetano y al budismo, denunciando que miles de tibetanos murieron por la campaña ideológica de la supresión de la rebelión tibetana desde 1959. Desde la ocupación del país por la República Popular China y hasta el año 1979 se sucedieron los crímenes genocidas, asesinatos, muertes ocasionadas por la práctica sistemática de la tortura en prisión y centros de detención, purgas o sesiones públicas de degradación, crímenes desapariciones forzosas, ejecuciones arbitrarias y otros crímenes de lesa humanidad; continuándose produciendo estos hechos en los años sucesivos a 1979. A consecuencia de la nueva ley el procedimiento es archivado definitivamente. Los representantes de las víctimas han recurrido esa decisión.
En el caso de Mauthausen se investigaban los graves hechos criminales constitutivos de delitos de genocidio y crímenes contra la humanidad, cometidos en los campos de concentración de Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenburg bajo el régimen nazi. En dichos campos prestaron servicios como guardias armados pertenecientes a las SS Totenkopf, dos de los individuos identificados serían residentes en Estados Unidos. Se acordó el sobreseimiento y archivo de la causa al faltar los presupuestos para el ejercicio de la jurisdicción por nuestros Tribunales previstos en la nueva regulación del art. 23.4 LOPJ.
El caso Falun Gongtambién ha corrido la misma suerte. Se trataba de investigar la actuación de los mandatarios chinos decididos a erradicar a los practicantes de Falun Gong. Se trata de una práctica centenaria basada en las libres creencias espirituales muy popularizada. Se creó por el Gobierno chino una oficina de control para erradicarlos con el pretexto de su orientación política subversiva y contraria a los principios del régimen comunista. Para ello no se duda en someter a torturas a sus practicantes para acabar con ella. La consecuencia de ello son doscientos muertos tras torturas, pérdida de empleo al que no renuncia, internamiento en campos de trabajos forzados; y se culmina con el asesinato de unas tres mil personas. Después de años aportando testimonios y pruebas sobre tales terribles y atroces hechos, el 15 de Julio del 2014 del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó el archivo del procedimiento por falta de jurisdicción sobrevenida tras la reforma operada por la ley orgánica 1/2014.
En el caso de los vuelos de la CIA se investigaban las posibles detenciones ilegales cometidas en nuestro país en esos vuelos. Se trataría de las detenciones al margen de cualquier ordenamiento legal efectuadas por agentes estadounidenses de la CIA y los traslados a centros de detención y las escalas de los vuelos en territorio nacional. En fecha 3 de septiembre del 2014 se acordó el sobreseimiento y archivo de las actuaciones y la causa se encuentra pendiente de recurso de casación.
Mientras tanto, la justicia federal argentina, nos ofrece una lección muy dura para España. Ante la renuncia a investigar los crímenes franquista y el desamparo de mas de 150 mil víctimas, se abrió en 2011 procedimiento en averiguación de los autores de esos crímenes y se han emitido diversas órdenes de detención que España ha rechazado. No obstante, y siguiendo las guías marcadas por los organismos de Naciones Unidas que señalan la impunidad española, el procedimiento continua y en algún momento podrá quizás acontecer lo que sucedió con los represores argentinos, en su momento
Los espacios de impunidad en España, se han ampliado, sin saber bien a cambio de qué; pero el combate contra los mismos, sigue, una vez más, de la mano de las víctimas que siguen mostrándonos el camino con la dignidad que les falta a quienes deberían defenderlas.
Baltasar Garzón es magistrado y Dolores Delgado es fiscal
Categorías:Alfaz del Pi














Debe estar conectado para enviar un comentario.