Callosa

CALLOSA.-El TSJCV declara nulo el PGOU.- El consistorio deberá proteger 180 hectáreas de la Serra de Bèrnia

 

URBANISMO

Pasa a ser firme la sentencia que anuló el PGOU y el Plan Parcial Anibits-Margequivi
La zona afectada está catalogada como espacio natural protegido de la Red Natura 2000
Las partes demandadas no han presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo

EUROPA PRESS Callosa d’en Sarrià
Actualizado: 23/01/2015 13:06 horas

El Ayuntamiento de Callosa d’en Sarrià (Alicante) y la Generalitat Valenciana deberán volver a proteger 180 hectáreas de la Serra de Bèrnia, en la comarca alicantina de la Marina Baja al pasar a ser firme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que anuló el pasado noviembre el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la localidad y el Plan Parcial del sector Anibits-Margequivir que afectaba a esa zona catalogada como espacio natural protegido de la Red Natura 2000, según ha anunciado en un comunicado Ecologistes en Acció del País Valencià este viernes.

La sentencia fue dictada por el TSJCV el pasado 20 de noviembre y comunicada a las partes el 13 de diciembre. Así, ha pasado a ser firme después de que las partes demandadas, Ayuntamiento de Callosa y Generalitat, y las condenadas -Miragolf Playa SA, Fort de Bernia SA e Inversiones Cutty SA-, no hayan presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo, según ha explicado la entidad ecologista.

«Eso supone que en la fase de ejecución de la sentencia se ha de producir la desclasificación de las casi 180 hectáreas de las laderas de la Serra de Bèrnia, que en su mayor parte estaban consideradas como suelo forestal e integradas en la Red Natura 2000 de espacios naturales protegidos -Lugar de Importancia Comunitaria y Zona de Especial Protección para las aves de las sierras de Bèrnia y Ferrer-,», explica el comunicado.

Según han relatado desde Ecologistes en Acció, el Plan Parcial tuvo «un desarrollo muy accidentado» porque «ya el TSJCV anuló una primera versión del Plan Parcial promovido por Miragolf Playa SA y aprobado por unanimidad por el Ayuntamiento en 2006, con anterioridad a que entrara en vigor la nueva Ley Urbanística Valenciana de diciembre de 2005». El TSJCV «consideró un ‘fraude de ley’ esa aprobación para esquivar la aplicación de la nueva Ley, ya que no reservaba ningún suelo para viviendas de protección oficial».

Asimismo, explican que «en 2010, se retomó ese Plan Parcial promovido por el propio Ayuntamiento, que lo gestionaría de forma directa y utilizando prácticamente la misma documentación elaborada por Miragolf Playa en el anterior Plan. De nuevo fue aprobado por unanimidad de todos los grupos municipales -PP, PSPV y Bloc-, en julio de 2011, rechazando las centenares de alegaciones de Ecologistes en Acció, Callosa Sostenible y vecinos que se oponían a ese desarrollo urbanístico».

Los ecologistas subrayan que la falta de una «adecuada evaluación ambiental del Plan fue denunciada ante el Ayuntamiento, la Conselleria de Medio Ambiente e incluso la Comisión Europea» aunque la mayoría de las alegaciones «fueron rechazadas de forma absurda por el Ayuntamiento, que persistió en el proyecto, con la ayuda de la Generalitat e incluso de la Comisión Europea, que no vio ningún incumplimiento de la normativa ambiental europea y se contentó con las promesas de que los desarrollos posteriores a la aprobación del Plan Parcial –campos de golf, conexión de las infraestructuras–, serían sometidas a una adecuada evaluación ambiental, cuando el mismo Plan Parcial no lo fue».
Sentencia del 20 de noviembre

No obstante, el TSJCV volvió a declarar nulo el plan parcial en sentencia de 20 de noviembre de 2014 por la que «no solamente anula el Plan Parcial sino que también anula las determinaciones del PGOU en el sector, aceptando la impugnación indirecta de Ecologistes en Acció».

A juicio de los ecologistas, el PGOU «tras una extraña e irregular modificación de la Declaración de Impacto Ambiental en diciembre de 2004, incluyó ese nuevo sector Anibits-Margequivir con el desarrollo urbanístico de las más de 2.000 viviendas y campos de golf, tras las presiones del Ayuntamiento de Callosa d’en Sarrià, en ese momento gobernado por el PSPV», que aportó informes que negaban la existencia de los valores naturales del espacio natural protegido de la Red Natura 2000 y que veían factible la desclasificación del anteriormente suelo protegido de ese sector «en la primera versión de la DIA y de las anteriores Normas Subsidiarias».

«Ahora lo que toca hacer es ejecutar la sentencia firme y que tanto la Generalitat como el Ayuntamiento de Callosa d’en Sarrià tomen las decisiones y resoluciones adecuadas para cumplirla», han zanjado desde Ecologistes en Acció, que han advertido de que la entidad «estará vigilante para que así se haga».

Categorías:Callosa